Reglamento de Movilidad no contempla patines y moto bicis eléctricas; deben esperar reforma a Ley de Movilidad de Guanajuato en el Congreso
Salamanca, Gto.- La muerte de un usuario de moto bici eléctrica que fue arrollado mientras circulaba sobre la avenida Hidalgo, en la zona oriente de la ciudad, evidenció la necesidad urgente de regular la circulación de moto bicis, bicicletas eléctricas y patines eléctricos en Salamanca, vehículos que actualmente transitan sin norma, sin casco y sin restricción de carriles.
El hecho, ocurrido en una de las vialidades con mayor flujo vehicular, reavivó el reclamo ciudadano por ordenar una modalidad de movilidad que en los últimos dos años se ha multiplicado en la mancha urbana, principalmente entre jóvenes y trabajadores que las utilizan para reparto y traslados cortos, sin que exista un padrón, límite de velocidad o equipamiento de seguridad obligatorio.

Al respecto, el director de Movilidad municipal ha indicado en reiteradas ocasiones que el Ayuntamiento no puede actuar debido a que el reglamento vigente no contempla a estos vehículos como categoría regulable y que el Municipio debe esperar a que el Congreso del Estado legisle a través de la Ley de Movilidad del Estado de Guanajuato.
La postura ha generado inconformidad entre automovilistas y motociclistas, quienes advierten que mientras el Congreso no armoniza la ley estatal, los usuarios de moto bicis y patines eléctricos circulan en un limbo jurídico: no son peatones, no son ciclistas y no son motociclistas, pero comparten carriles de alta velocidad, banquetas y ciclovías sin ninguna protección.

Actualmente, el reglamento de Tránsito y Movilidad de Salamanca solo regula bicicletas convencionales, motocicletas y vehículos motorizados con cilindraje, por lo que no establece obligatoriedad de casco, luces, chaleco reflejante, edad mínima, ni prohibición para circular en avenidas de alta velocidad como Hidalgo, Morelos o Faja de Oro, donde se han reportado percances.
Mientras el Congreso del Estado no actualice la Ley de Movilidad para incluir a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) eléctricos, como ya lo han hecho Ciudad de México, Jalisco y Querétaro, el Municipio solo puede emitir recomendaciones preventivas, sin facultad para sancionar, retirar unidades o exigir equipamiento de seguridad.
Familiares de víctimas y usuarios demandaron al Ayuntamiento que, en tanto se reforma la ley estatal, se emita un bando o disposición administrativa temporal que establezca al menos uso obligatorio de casco, prohibición de circular en carriles centrales, límite de velocidad de 25 km/h y restricción para menores de edad, a fin de evitar más muertes como la registrada en la avenida Hidalgo.