SENTENCIAN A LÍDER DE UN GRUPO CRIMINAL POR EXTORSIONES A COMERCIANTES DE SALAMANCA.

MARCO ANTONIO “N” alias “el ñecas”, fue sentenciado en un juicio oral
después de que la Fiscalía General del Estado de Guanajuato acreditó
plenamente su responsabilidad penal en una serie de extorsiones que
afectaron durante más de tres años a comerciantes de la comunidad de La
Luz, en Salamanca. El sentenciado coordinó exigencias económicas
mediante amenazas directas que afectaron a múltiples víctimas.

La investigación reveló que, entre enero de 2019 y febrero de 2022, el
sentenciado y su célula criminal asolaron a dieciocho comerciantes mediante
intimidaciones permanentes. Los obligaban a realizar pagos periódicos y
designaban a una víctima para recolectar el dinero del resto. “el ñecas”
realizaba las exigencias a través de mensajes de texto y chats denominados
“tandas”, utilizados para coordinar la extorsión a través de una aplicación de
mensajería instantánea.

En audiencia de explicación de sentencia, el Tribunal determinó que los
datos de prueba presentados por el Ministerio Público acreditan su
responsabilidad penal por extorsión agravada. La autoridad judicial impuso
una pena de 16 años y 10 meses de prisión, además de una multa y un monto
considerable por reparación del daño.

La sentencia es de especial relevancia porque el sentenciado fungía como
jefe operativo un grupo criminal que opera en Salamanca, Celaya, Juventino
Rosas, Villagrán y comunidades aledañas. Desde esa posición coordinaba
actividades criminales, ejercía control territorial mediante violencia y
mantenía una estructura activa de extorsión.

El juicio oral representó un ejercicio de técnica jurídica para sostener la
acusación, en el que se expuso un análisis de telefonía para rastrear los
números desde los cuales se realizaban las amenazas, además de identificar
patrones de conducta criminal y entrevistas que permitieron mantener la
solidez del caso. También se realizaron actos de investigación de campo para
asegurar indicios relevantes.

La resolución incluyó la suspensión de derechos electorales del sentenciado y
la negación de beneficios o sustitutivos.