Incrementa hasta un 30% deudores alimentarios en la entidad
Salamanca, Gto. – Durante 2023 y 2024, las denuncias a deudores alimentarios se incrementaron hasta un 30% en el estado de Guanajuato, la mayoría de los casos se focaliza en municipios como León y Celaya, sin embargo a pesar de que en Salamanca no se cuentan con casos de este tipo, se trata de una ley que todavía no está lista para su aplicación, así lo manifestó, Francisco Muñoz Mosqueda, presidente de la Barra de Abogados de Salamanca.
La aplicación de esta ley es su principal problema, ya que, se trata de una situación de índole más social que jurídica, sobretodo porque se trata de una realidad por la que atraviesa la sociedad, derivado de que hay matrimonios que duren un mes o dos y que eso genere obligaciones de carácter económico y al no cumplimiento genere ir al registro de los deudores.
“Yo diría que todavía no está plenamente listo, porque hay un sector que dice y no le falta cierta razón que es violatorio de Derechos Humanos, pero, es una manera de obligar a los deudores alimentarios y creo que es cierto yo creo que este problema es jurídico y social (…) su aplicación, es donde tiene problemas, en Salamanca no hay caso o alguna resolución que manda la lista de deudores”, explicó.
En Guanajuato, se cuenta con un Registro de Deudores Alimentarios, es un módulo electrónico que se encuentra a disposición de los jueces, en atención al artículo 363 párrafo segundo del Código Civil para el Estado de Guanajuato, por medio del cual ordenan a la Dirección General de Registros Públicos de la Propiedad y Notarías la inscripción del deudor alimentario.

Conforme al decreto publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato con el número 324, por el cual, se reforman diversos artículos del Código Civil para el Estado de Guanajuato, se estableció:
A quien incumpla con la pensión o ministración alimentaria, sin justa causa, por un plazo de 90 días, se convertirá en deudor alimentario moroso, por lo que la Dirección General de Registros Públicos de la Propiedad y Notarías deberá inscribir la declaración de deudor de alimentos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y en el inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad que se encuentra a nombre del deudor alimentario moroso; lo anterior a requerimiento de la autoridad judicial competente. Se inscribirá en dicho registro, la demanda de pago de alimentos, la medida provisional de pago de alimentos o la sentencia que se dicte fijando la cantidad adeudada.